La Ley 20.000 sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes. En la práctica, buena parte de estas causas se juegan en una distinción que al principio parece técnica y que termina siendo la más importante de todas: si los hechos se califican como tráfico o como microtráfico.
Las penas de una y otra figura no son comparables. La calificación no depende solo de la cantidad incautada: el tribunal atiende también a las circunstancias en que se produjo el hallazgo, a los elementos que acompañan la droga y a lo que la investigación logre acreditar sobre el destino que tenía. Dos causas con cantidades parecidas pueden terminar en lugares muy distintos.
Estas causas casi siempre empiezan con una actuación policial, y ahí hay más que examinar de lo que suele suponerse:
Nada de esto garantiza un resultado, y quien prometa lo contrario no está siendo honesto. Pero son los puntos donde una defensa preparada se distingue de una que solo asiste a las audiencias.
Cuando además se imputa asociación ilícita, hay varios imputados o la investigación viene de meses de diligencias, el trabajo cambia de escala: hay que desglosar la prueba pieza por pieza y construir la defensa sobre lo que cada una resiste. Es parte habitual de mi trabajo.
Si usted o un familiar tiene una causa por Ley 20.000, escríbame y revisamos en qué estado está y qué se puede hacer.
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